El artículo 117 de la Ley Federal del Trabajo establece que los trabajadores tienen derecho a participar en las utilidades de las empresas. Dicho sustento legal, genera la obligación de realizar un proceso para poder generar ese reparto de utilidades. 

En ese tenor, el artículo 125, fracción I de dicho ordenamiento legal, nos establece la necesidad de integrar una Comisión Mixta para elaborar un proyecto de reparto de utilidades, misma que se deberá integrar por igual número de representantes patronales como de los trabajadores. 

Asimismo, dicho proyecto una vez aprobado por la Comisión Mixta, deberá ser publicado en el domicilio de la empresa y se deberá estar a espera de las observaciones que los trabajadores pudieren realizar. 

¿Porqué cumplir con esta obligación?

  • La omisión en el reparto de utilidades genera sanciones económicas y revisiones por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
  • Un reparto integro y claro mejora la percepción y el compromiso del empleado.
  • Ayuda en inconsistencias fiscales.

En virtud de lo anterior, recomendamos:

  1. Analizar con su área fiscal, si su empresa obtendrá actividades este año en el ejercicio fiscal.
  2. Integrar formalmente la Comisión Mixta.
  3. Establecer un cronograma de cálculo, revisión y entrega de PTU.
  4. Documentar el proceso mediante un acta firmada por las partes.

Asimismo, les informamos que en el mes de mayo fenece la obligación para realizar el reparto de utilidades, por ende, nos ponemos a tu disposición para acompañarlos y elaborar los documentos correspondientes para colmar con esta obligación.

Atentamente,

León D. Servín S.

leonservin@servinlegal.com

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