Al resolver el amparo en revisión 819/2023 la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la inconstitucionalidad del cuarto párrafo del artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF), el cual limitaba la cancelación de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) únicamente al ejercicio fiscal en que fueron emitidos. Esta decisión tiene un impacto significativo en el ámbito tributario, ya que protege los derechos de los contribuyentes y refuerza los principios de seguridad jurídica y confianza legítima en el sistema fiscal mexicano.
Antecedentes del Caso
Desde la entrada en vigor de la reforma al artículo 29-A del CFF, múltiples empresas y contribuyentes manifestaron su inconformidad con la disposición, argumentando que les impedía realizar ajustes a su contabilidad cuando se detectaban errores en los CFDI fuera del ejercicio fiscal en curso. Esto generaba un problema importante, ya que, aunque el Código Fiscal de la Federación permite presentar declaraciones complementarias para corregir errores en las obligaciones tributarias, la imposibilidad de cancelar CFDI incorrectos podía derivar en pagos indebidos de impuestos sobre operaciones inexistentes o erróneamente registradas.
Organismos empresariales y expertos en derecho fiscal presentaron diversas impugnaciones, señalando que esta restricción resultaba excesiva y desproporcionada. El caso llegó hasta la SCJN, la cual analizó los argumentos y determinó su resolución con base en principios constitucionales fundamentales.
Ratio
Tras un análisis exhaustivo, la Suprema Corte determinó que la restricción impuesta en el artículo 29-A del CFF era inconstitucional debido a las siguientes razones:
- Falta de un período de transición razonable: La norma entró en vigor sin prever un tiempo adecuado para que los contribuyentes pudieran adaptarse a la nueva regulación, generando incertidumbre y afectaciones económicas.
- Incongruencia normativa: Existen mecanismos legales dentro del Código Fiscal que permiten la modificación de declaraciones fiscales, pero la prohibición de cancelar CFDI creaba una contradicción dentro del propio marco normativo.
- Impacto negativo en los derechos de los contribuyentes: La imposibilidad de cancelar CFDI incorrectos podía traducirse en la obligación de pagar impuestos sobre operaciones ficticias o erróneamente registradas, violando el principio de justicia tributaria.
- Vulneración de la seguridad jurídica y la confianza legítima: La SCJN reiteró que toda reforma fiscal debe respetar el derecho de los contribuyentes a conocer y planear con certeza sus obligaciones fiscales, evitando cambios abruptos que generen perjuicio.
Determinación de la Corte
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que la disposición impugnada debía ser declarada inconstitucional por su falta de proporcionalidad y por no garantizar los derechos fundamentales de los contribuyentes. La SCJN enfatizó que la legislación fiscal debe diseñarse de manera clara, previsible y respetuosa de los principios constitucionales, permitiendo a los contribuyentes ejercer sus derechos de manera efectiva.
Impacto y Consecuencias del Fallo
Este fallo tiene repercusiones importantes en el ámbito fiscal y contable de México, entre ellas:
- Mayor certeza jurídica para los contribuyentes: Con esta resolución, se elimina una restricción que afectaba la capacidad de los contribuyentes para corregir errores en su contabilidad y evitar pagos indebidos de impuestos.
- Posible reforma al Código Fiscal de la Federación: La SCJN ha sentado un precedente que podría obligar al Congreso a modificar la normativa para establecer mecanismos más claros y equitativos para la cancelación de CFDI.
- Fortalecimiento de los derechos fiscales: La decisión refuerza la protección de los contribuyentes frente a normas excesivamente restrictivas que vulneren su capacidad de cumplir correctamente con sus obligaciones tributarias.
- Revisión de futuras reformas fiscales: Este caso destaca la importancia de que cualquier cambio en la legislación fiscal contemple períodos de transición adecuados y respete los principios de proporcionalidad y equidad tributaria.
Conclusión
La resolución de la SCJN marca un precedente importante en la interpretación de las normas fiscales en México. Con esta decisión, se refuerzan los principios de seguridad jurídica y confianza legítima, garantizando que cualquier modificación en el régimen fiscal se realice de manera justa y equitativa. Además, envía un mensaje claro al legislador sobre la necesidad de diseñar regulaciones que respeten los derechos de los contribuyentes y no generen cargas excesivas ni incertidumbre en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Atentamente,
León D. Servín S.
leonservin@servinlegal.com

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