SCJN protege la libertad de expresión.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el Amparo Directo 30/2020 en favor de un periodista, revocando la condena impuesta por la Sexta Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México que lo obligaba a pagar 10 millones de pesos por concepto de daños punitivos a un exfuncionario público.

Antecedentes

En enero de 2016, dicho periodista publicó la columna “Hay que esperar” en diversos periódicos; así como en su cuenta de Twitter, opinando sobre la detención de dicho funcionario en España por presuntos delitos de corrupción; ante lo cual, dicha persona, consideró que la publicación afectaba su honor y demandó por daño moral.

El juez de primera instancia absolvió al periodísta, pero en apelación se revocó la sentencia y se le impuso una indemnización millonaria, además de medidas de retractación y publicación de la sentencia condenatoria.

Decisión de la SCJN

La Corte concedió el amparo al periodísta y ordenó emitir una nueva sentencia que lo absuelva de todas las pretensiones del funcionario público. Asimismo, condenó a este último al pago de las costas judiciales en primera instancia.

Razones de la decisión 

El caso se rige exclusivamente por la Ley de Responsabilidad Civil para la Protección del Derecho a la Vida Privada, el Honor y la Propia Imagen de la Ciudad de México, no por el Código Civil. 

La columna versaba sobre un tema de interés público y se refería a una figura pública, lo que amplía el margen constitucional de crítica.

Las opiniones del periodísta se apoyaban en hechos de dominio público y cumplían con un estándar mínimo de veracidad, sin configurarse la figura de “real malicia”.

Se reafirma que la libertad de expresión tiene una posición preferente en una sociedad democrática y que las sanciones desproporcionadas pueden inhibir el debate público.

Impacto social y jurídico

Este fallo sienta un precedente relevante al fortalecer la libertad de expresión y delimitar el alcance de la responsabilidad civil en casos que involucren a figuras públicas. Además, reafirma el papel esencial de la crítica periodística en el escrutinio ciudadano y la vida democrática.

Atentamente,

León D. Servín S.

leonservin@servinlegal.com

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